Se trata de un informe encargado por la defensa de la policía, para la investigación penal que busca determinar si hubo violaciones sistemáticas a los derechos humanos.
El documento elaborado por la abogada Alicia Gil concluye que “los hechos analizados no alcanzan el umbral de gravedad» que amerite calificarlos de esa manera.
Un estudio encargado por Carabineros, como aporte a la investigación que lleva la Fiscalía sobre eventuales violaciones sistemáticas a los derechos humanos, concluyó que los delitos por parte de agentes del Estado en el marco de la crisis social no califican como «crímenes contra la humanidad».
El informe «Dictamen en Derecho sobre la posibilidad de calificar como crímenes contra la humanidad las actuaciones de los Carabineros de Chile durante el llamado ‘estallido social'», al que accedió El Mercurio, fue elaborado por la abogada Alicia Gil, profesora de derecho penal en la Universidad Nacional de Educación a Distancia de Madrid, en respuesta a una solicitud de Jorge Martínez, quien en esa causa representa al general director, Ricardo Yáñez, así como a todo el Alto Mando de la institución.
Dentro de las conclusiones, el documento propone destaca que los organismos que han analizado las acciones de las Fuerzas Especiales y los cuerpos de seguridad chilenos entre octubre del 2019 y marzo del 2020, «no han formulado en ningún momento la calificación de los hechos como crímenes de lesa humanidad».
Además, para el informe recogieronla declaración del director del INDH, Sergio Micco, que «expresa su opinión contraria a la existencia de una política de órganos o agentes del Estado para atacar a la población«, e incluso recuerda que su propio organismo, «legitimado para interponer querella por crímenes contra la humanidad, no discutió, siquiera, esta posibilidad«, según un acta de noviembre del 2019.
Por otro lado, Gil arguye que las dificultades para restablecer el orden público no tenían precedentes en la historia reciente del país, por lo que debieron sumar «a un elevado número de efectivos» que no ejercía este tipo de labores habitualmente, y su actuar, en definitiva, responde a una «incapacidad de recuperar el espacio público garantizado» una vez que «todos los agentes cumplieran con los protocolos del uso de la fuerza».
FALTA DE PRUEBAS SOBRE «SISTEMATICIDAD»
El estudio también observa una ausencia de evidencias que apoyen la tesis de «un ataque generalizado o sistemático contra una población civil», al tiempo que añade que «la mayoría de los millones de intervinientes en las manifestaciones no sufrieron ningún daño» y que «tampoco se constata un patrón».
«No existen evidencias, ni se aportan en las querellas, ni en los informes consultados, de la existencia de una política criminal, ni activa ni omisiva de Carabineros de Chile como organización o de alguna suborganización dentro de la institución (…) «no se ha argumentado la existencia de reuniones, directivas internas u órdenes emitidas desde la cúpula o los altos mandos de Carabineros, o la Plana Mayor en sentido de utilizar la fuerza contra los manifestantes», detalla el informe.
Para cerrar, la jurista plantea que «desde el punto de vista del concepto material y teleológico del crimen contra la humanidad, los hechos analizados no alcanzan el umbral de gravedad para considerarlos crímenes contra la humanidad».
Fuente: cooperativa.cl