La Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirmó responsabilidad de agencia por pérdida de servicios de viaje y ordenó indemnizar al consumidor. Padre pidió dejar de pagar pensión a su hija de 26 años tras titularse como dentista: Juzgado acogió el cese definitivo Llevó vehículo a reparación y empresa lo retuvo por más de dos años sin devolverlo: Corte ordenó entrega inmediata Concejala gritó, golpeó escritorio y amenazó a funcionaria municipal: Municipio deberá pagarle más de $29 millones a afectada Capitán del Ejército usó vouchers para simular compras y desviar fondos fiscales: Intentó apelar y Suprema rechazó.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
Sin embargo, la Corte descartó estos argumentos y confirmó que la responsabilidad recae en la agencia como proveedora directa del servicio. El fallo señala que no es válido fragmentar la contratación, ya que fue presentada como una prestación única, generando en el consumidor la expectativa de un servicio integral.
En esa línea, el tribunal sostuvo que la empresa incumplió su deber de actuar con diligencia y entregar información clara, indicando que la gestión fue deficiente al no advertir correctamente las consecuencias del cambio solicitado.
Además, ratificó la indemnización por daño emergente, al considerar que el perjuicio económico se produjo por la pérdida del viaje contratado en su conjunto. La Corte también precisó que la condena infraccional recae sobre la empresa y no sobre su representante legal, corrigiendo así un aspecto formal del fallo.
Finalmente, se confirmó la sentencia del Juzgado de Policía Local de Puerto Varas, aunque se dejó sin efecto la condena en costas de primera instancia y no se impusieron costas en la apelación.
Fuente: eldesconcierto.cl





