La sentencia analiza y regula el acceso a la información bancaria amparada por el secreto bancario. Establece que, cuando un contribuyente no entregue voluntariamente la información requerida por el Servicio de Impuestos Internos (SII) o no autorice su entrega por parte del banco, el acceso a dicha información solo podrá realizarse a través de una autorización judicial. Esta solicitud debe ser presentada ante el Tribunal Tributario y Aduanero competente, y si no se encuentra un domicilio en Chile, la competencia será del tribunal de la comuna de Santiago. Además, se determina que los requerimientos para acceder a información bancaria deben tramitarse de forma preferente por el tribunal.
Fuente: DE