Dictamen de Contraloría, difundido este miércoles, que ordena a los municipios de Cerrillos, Cerro Navia, Quinta Normal y Maipú que instruyan un procedimiento disciplinario por actividades que considera improcedentes de cara al plebiscito del 4 de septiembre. A continuación los detalles del documento.
Telón de fondo: A fines de abril, la Contraloría emitió un instructivo de cara al plebiscito del 4 de septiembre para evitar episodios de intervencionismo electoral. El Presidente y sus ministras Izkia Siches y Camila Vallejo habían señalado en esos días que el Gobierno “no es neutral” respecto del proceso constituyente, lo que suponía un nuevo capítulo en el apoyo de La Moneda al Apruebo.
- El dictamen de este miércoles del organismo que dirige Jorge Bermúdez es el primero que realiza en torno a las normas que regulan la intervención en la campaña. Una de las alcaldías cuestionadas es la de Maipú, dirigida por Tomás Vodanovic, uno de los ediles emblemáticos del Frente Amplio.
- A fines de mayo, Vodanovic se perfiló como la figura mejor evaluada de su sector, de acuerdo a la encuesta Cadem. Si la alcaldesa mejor evaluada en la derecha fue Evelyn Matthei fue quien tuvo mejor evaluación, con un 61%, el alcalde de Maipú fue quien mejor desempeño tuvo en el estudio de opinión, llegando al 48%, por encima de otras figuras de Apruebo Dignidad, como Karol Cariola, Irací Hassler o Jorge Sharp.
A continuación los principales párrafos del oficio de Contraloría:
- “Se han recibido denuncias bajo reserva de identidad respecto de publicaciones en las redes sociales de las municipalidades de Cerrillos y Quinta Normal, con contenidos que promueven una visión o postura política respecto al plebiscito que se efectuará el 4 de septiembre de este año”.
- “Asimismo, se denuncia a la Municipalidad de Cerro Navia por publicar en su diario comunal Barrancas, información del proceso constituyente que excedería los márgenes legales”.
- “En razón de lo anterior, los servidores y autoridades de los órganos de la Administración del Estado, incluidas las municipalidades, están impedidos de realizar cualquier actividad de carácter político utilizando bienes públicos”.
- “Es posible advertir que ciertas actividades efectuadas por algunas de las entidades edilicias denunciadas y sus respectivos programas no se condicen con las funciones propiamente municipales, tales como “la capacitación en materia del proceso de cambio constitucional” efectuada por la Municipalidad de Cerro Navia, y la realización de cabildos o encuentros autoconvocados que se efectuaron en la comuna de Maipú, que tuvieron como objetivo específico la creación de espacios que acerquen el trabajo de la Convención Constitucional y el proceso constituyente a los vecinos”.
- “A su vez, cabe señalar que no obstante que la Municipalidad de Cerrillos no acompañó antecedentes suficientes que permitan determinar si sus actividades y respectivos programas se ajustaron a derecho, esta informó -respecto de publicaciones en sus redes sociales y que favorecerían a una de las posturas del plebiscito de salida-, que instruirá una investigación sumaria para indagar esos hechos y determinar eventuales responsabilidades administrativas”.
- “Siendo ello así, dicha entidad edilicia deberá remitir a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de este Órgano de Control una copia del decreto alcaldicio que ordene el respectivo procedimiento, en el plazo de 15 días hábiles a contar de la recepción de este pronunciamiento”.
- “Enseguida, en cuanto a la denuncia de que la Municipalidad de Quinta Normal estaría promoviendo una postura política mediante videos publicados en sus redes sociales, pudo constatarse que en la cuenta de Facebook de esa entidad edilicia se publicaron -en el mes de mayo del presente año- entrevistas a diferentes convencionales constituyentes en el contexto del programa audiovisual “¿Qué está pasando en la Constitución?”, lo que resulta improcedente, conforme a lo anteriormente expresado”.
- “Finalmente, consta que en la edición Nº 52, del diario comunal Barrancas, la Municipalidad de Cerro Navia publicó una información relativa al proceso constituyente, que hace alusión a supuestos mitos y realidades en las materias que indica, cuestión que tampoco ha resultado pertinente”.
- “En este contexto, y sin perjuicio de lo precedentemente señalado en cuanto a la prescindencia respecto del plebiscito de salida, cabe reiterar, una vez más, que en materias de difusión y publicidad, el rol de las entidades edilicias está condicionado a que con ello se cumplan tareas propiamente municipales”.
- “Por consiguiente, teniendo en cuenta que los municipios se encuentran impedidos de actuar fuera de sus competencias y de utilizar sus bienes o recursos en fines distintos a los que la ley les permite, puesto que dicho actuar distrae su acción de su principal finalidad que es satisfacer las necesidades de la comunidad local, las municipalidades de Cerro Navia, Maipú y Quinta Normal deberán instruir un procedimiento disciplinario a fin de indagar los hechos mencionados y determinar las responsabilidades administrativas comprometidas al efecto, remitiendo copia del decreto alcaldicio que así lo ordene a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de esta Contraloría General, en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción de este dictamen”.
Fuente: ex-ante.cl