Tribunal Constitucional declara incontitucionalidad de proyecto de Ley que «establece un sistema de garantías de los derechos de la niñez»

En audiencia celebrada con esta fecha, entre las 9.00 y 18.30 horas, se verificó
la vista de la presente causa, integrándose el Tribunal por su Pleno de 10
señoras y señores Ministros Titulares completo; oyéndose la relación pública y
los alegatos de los abogados representantes de las y los H. Senadoras y
Senadores requirentes, de las y los H. Diputadas y Diputados requirentes, y de
S.E. el Presidente de la República. Luego del respetivo debate, se adoptaron los
siguientes acuerdos por el Pleno del Tribunal:
1°. Respecto de losimpugnados artículo 11, inciso primero, en la frase: “en cuyo
caso las limitaciones deben interpretarse siempre de modo restrictivo.”;
artículo 11, inciso segundo, en la frase: “que les permiten, progresivamente,
requerir menor dirección y orientación por parte de los padres y/o madres,
representantes legales o las personas que los tengan legalmente a su cuidado,”;
artículo 31, inciso cuarto, en la frase “,o por sí solos, si su edad y el grado de
autonomía con el que se desenvuelven así lo permitieren.”; y artículo 31, inciso
quinto, en la frase “, o por sí mismos, si su edad, grado de madurez y la
autonomía con la que se desenvuelven así lo permitieren.”: El Pleno del Tribunal
resolvió acoger el requerimiento, por lo que se declara contraria a la
Constitución Política de la República esta preceptiva, la que deberá ser
eliminada del texto del proyecto de ley.
Votaron por acoger el requerimiento la señora Presidenta del Tribunal,
Ministra señora María Luisa Brahm Barril, y los Ministros señores Iván Aróstica
Maldonado, Juan José Romero Guzmán, Cristián Letelier Aguilar, José Ignacio
Vásquez Márquez y Miguel Ángel Fernández González.
A su vez, votaron por rechazarlo los Ministros señores Gonzalo García
Pino, Nelson Pozo Silva, señora María Pía Silva Gallinato y señor Rodrigo Pica
Flores.
2°. Respecto del impugnado de 41, inciso cuarto, en la frase “, de carácter laico
y no sexista,”: El Pleno del Tribunal resolvió acoger el requerimiento, por lo que
se declara contraria a la Constitución Política de la República esta preceptiva,
la que deberá ser eliminada del texto del proyecto de ley.
Votaron por acoger el requerimiento, por razones de
inconstitucionalidad formal y de fondo, la señora Presidenta del Tribunal,
Ministra señora María Luisa Brahm Barril, y los Ministros señores Iván Aróstica
Maldonado, Juan José Romero Guzmán, Cristián Letelier Aguilar, José Ignacio
Vásquez Márquez y Miguel Ángel Fernández González. Votó por acoger el
requerimiento en este punto, sólo por razones de inconstitucionalidad formal,
la Ministra señora María Pía Silva Gallinato.
A su vez, votaron por rechazarlo los Ministros señores Gonzalo García
Pino, Nelson Pozo Silva y Rodrigo Pica Flores, en todas sus partes; y la Ministra
señora María Pía Silva Gallinato, sólo por rechazar en el fondo.
La sentencia, con sus fundamentos será expedida dentro del plazo legal.

Fuente: www.tcchile.cl