Tribunal Constitucional critica a Corte Suprema por recurso de protección en su contra: Asegura que no tiene jurisdicción para revisar sus fallos

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Una inédita pugna se ha generado entre ambos tribunales. La corte suprema declaró admisible un recurso de protección en contra del Tribunal constitucional por una decisión que anuló un fallo de la misma Corte Suprema. Desde el TC señalaron que la Corte Suprema no tiene jurisidicción para invalidar su sentencia.


Una inédita pugna entre la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional se desarrolla en estos días. Este miércoles el máximo tribunal del Poder Judicial declaró admisible un recurso de protección en contra del Tribunal Constitucional por un fallo de esta última.

La Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile había presentado un recurso ante la tercera sala de la Corte Suprema que buscaba anular una decisión del TC que había revocado una decisión de la cuarta sala de la Corte Suprema que acogía las demandas de tutelas de funcionarios de la administración pública.

La decisión de la Corte suprema provocó la pugna con el TC que aseveró que sus sentencias no pueden ser revisadas por el Poder Judicial.

“No cabe sino concluir que su señoría ilustrísima carece de jurisdicción para entrar a revisar los fundamentos o contenidos de la sentencia que se pronunció sobre la inaplicabilidad de los preceptos legales impugnados en el proceso constitucional ventilado ante este órgano, dotado de competencia exclusiva y excluyente en la materia”, señaló en un informe el Tribunal Constitucional.

Según el Tribunal constitucional, el recurso de protección no puede invalidar su sentencia ya que esto quebrantaría las bases mismas de la institucionalidad consagradas en la Constitución.

“(La Constitución) reconoce a todos los órganos del Estado competencias muy definidas y no otorga sino más bien excluye taxativamente de la superintendencia de la Corte Suprema sobre todo en los tribunales de la Nación a este Tribunal Constitucional”, subrayó el TC para invalidar la resolución de la Corte Suprema.

La información es de: eldesconcierto.cl