Juicio evidenció el drama de los niños chilenos traficados por la selva del Darién

Juicio evidenció el drama de los niños chilenos traficados por la selva del Darién

Nueve miembros de una banda internacional dedicada al tráfico de migrantes desde y hacia Chile recibieron penas que van desde los 10 años y un día a los 20 años, luego del juicio que se realizó en Santiago.

Impactantes antecedentes relativos a la forma en que casi 200 niños chilenos (en su mayoría, hijos de ciudadanos haitianos) fueron traficados por medio de la peligrosa selva del Darién, rumbo a Estados Unidos, se conocieron después que la semana pasada el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago emitiera una dura sentencia en contra de una organización criminal transnacional que –como informó El Mostrador el año pasado– traficaba personas desde Santiago hacia Texas (Estados Unidos) y desde otros países de América Latina a Chile, en una causa que fue indagada por la Brigada Investigadora de Trata de Personas (Britrap) de la PDI, junto a la fiscal Carolina Suazo, de la Fiscalía Centro Norte, quien se especializa en este tipo de delitos.

El líder del grupo, el haitiano Maxene Faustin, fue condenado a más de 20 años de prisión, ya que recibió 15 años y un día por el delito de tráfico agravado de inmigrantes y 5 años y un día por asociación ilícita para el tráfico de migrantes. Su lugarteniente, el colombiano Leofredo Arias Laguna, también fue condenado a 15 años y un día por el primer delito y a 541 por el segundo. El venezolano Wilmer Colmenarez recibió una sentencia de 13 años, mientras que Álex John Avilés Méndez y Claudio Norman Francisco Carmona Ibáñez deberán purgar 10 años y un día por el tráfico de migrantes y otros 2 años por la asociación ilícita.

A su vez, Ximena del Rosario Juárez Velásquez, Walterio Antonio Díaz Rivera, Jonathan Sergio Luna Chagua y Ángel de Jesús Molina Rivas deberán cumplir 10 años y un día de presidio por el delito de tráfico de migrantes y otros 541 días por la asociación ilícita.

Pese a que se trata de penas altas y a que existe satisfacción entre los investigadores, de todos modos queda un regusto amargo, pues, si bien los jueces dejaron extensas constancias en el fallo acerca de la forma en que esta organización traficaba personas desde Chile al extranjero, no pudieron condenarlos por ninguno de esos hechos, simplemente porque la salida ilegal de personas desde el país no está considerada en la legislación actual (que data de 2011) como un delito. Por ende, los magistrados emitieron su sentencia basándose en el delito contemplado en el artículo 411 bis del Código Penal, que sí establece que es un delito facilitar o promover la entrada ilegal al país de una persona que no sea “nacional o residente” y con “ánimo de lucro”.

La organización

Tras el juicio, los jueces María Alejandra Cuadra Galarce, Pedro Aravena Bouyer e Isabel Espinoza Morales dieron por acreditados los delitos por los cuales acusó la Fiscalía, indicando que desde enero de 2021 hasta febrero de 2022 (cuando la PDI detuvo a los ahora condenados) facilitaron no solo la entrada ilegal de personas a nuestro país, sino también “la salida ilegal de ciudadanos haitianos desde Chile para su entrada ilegal a Perú y desde dicho país a Ecuador, Colombia, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Honduras, Guatemala, México y finalmente EE.UU.”, todo ello por medio de rutas terrestres a cargo de “trocheros” o “asesores”.

Si se trataba de entrar al país, estos sujetos llevaban a sus víctimas hasta las cercanías del hito 14, en la frontera entre Chile y Perú, de noche y en medio “de terrenos inhóspitos, despoblados, desérticos y accidentados, que exponían altamente la salud, integridad física e incluso la vida de los afectados, lo que se incrementaba más aún por las prohibiciones de los integrantes de la organización criminal respecto a no utilizar por parte de las personas migrantes luces de linternas, teléfonos celulares o aparatos similares, para no ser detectados durante el ingreso ilegal a Chile”.

La mayoría de las víctimas eran captadas por redes sociales y por un grupo de WhatsApp llamado “Mexik tet dwat”, es decir, “derecho a México”.

El “tapón” del Darién

Más dramáticos son los antecedentes que figuran en el extenso fallo (de 440 páginas), que el año pasado se mantenían en reserva –y que ahora se conocieron gracias a la sentencia–, relativos a la suerte que corrieron decenas de niños nacidos en Chile (por ende, chilenos), hijos de padres haitianos, que fueron traficados rumbo a Estados Unidos, que tenían entre algunas semanas de vida y seis años. La selva del Darién divide por completo Panamá de Colombia y está considerada por Naciones Unidas como el segundo lugar más peligroso para migrantes en el mundo, solo después del Mar Mediterráneo.

Para cruzar dicha selva (también conocida como “El Tapón”) es necesario atravesar una boca de mar, cruce que por lo general los migrantes efectúan en precarias embarcaciones, luego de lo cual comienza la marcha por medio de la selva, lugar donde los migrantes enfrentan múltiples peligros: animales salvajes, bandas de asaltantes, ríos caudalosos (que por lo general atraviesan formando cadenas humanas), enfermedades, tormentas, etc. Mucho de lo que se sabe de dicho trayecto se ha conocido gracias a múltiples videos que los migrantes van dejando a su paso, en varios de los cuales se ven imágenes de personas desfallecientes u otras ya muertas. Es, por cierto, la principal ruta entre Venezuela, México y Estados Unidos.

La sentencia explica que en 2020 diversas entidades públicas –entre ellas, el Sename– dieron cuenta del hallazgo de niños chilenos abandonados en países como Estados Unidos, México o Panamá. A ese respecto, destaca la declaración de María Gloria Sepúlveda Devia, que en 2020 era la jefa de la Unidad Internacional del antiguo Sename (hoy, Mejor Niñez), quien relató cómo en enero de dicho año comenzaron a llegarle antecedentes sobre estos casos.

Otro caso se conoció gracias a dos trabajadoras sociales del Hospital de Niños Roberto del Río, a quienes llamó la atención la actitud de una joven haitiana que tenía a su hijo de pocas semanas internado en ese centro asistencial. Al conversar con ella, esta les contó que tenía una hija de tres años. Después de dar a luz a su hijo, al regresar a su vivienda, se dio cuenta de que su pareja se había ido junto a la niña y temía que este hubiera ido hacia Estados Unidos de la mano de “trocheros”, algo que quería hacer desde hacía un buen tiempo, pero ella siempre se había negado.

Una de las testigos, Millaray Roa, explicó a los jueces que la madre les dijo que “los hombres que viajaban preferían viajar con niños, porque les era más fácil entrar a los países de destino”.

Afortunadamente, la niña apareció en Miami, aunque –por una fotografía que le enviaron a su madre– era evidente que sufrió quemaduras o erosiones en la piel.

La sentencia también relata el caso de una niña de tres años, hija de chilenos, que fue encontrada totalmente sola en las aguas del río Bravo (que marca la frontera entre México y Texas), siendo rescatada por personal de la marina mexicana. Según lo que explicó un oficial de la PDI, el inspector Juan Antonio Sáez Sepúlveda, quien investigó ese caso, la madre de la menor fue posteriormente encontrada en un centro de detención fronterizo en Estados Unidos, por lo que todo indica que ella sencillamente abandonó a la niña en el camino.

Otro caso relatado fue el de un niño chileno de un año que, poco antes del poblado del Darién, fue entregado por su madre haitiana a un sujeto de la misma nacionalidad, a quien ella solo conocía como “Paul Silver”. Ella cruzaría el peligroso paso junto a su otro hijo, un poco mayor, y –según dijo a las autoridades– en Darién (Panamá) se reuniría con Silver y su hijo, pero nunca aparecieron y hasta hoy en día se desconoce el paradero del niño.

También declaró ante el tribunal un ciudadano haitiano de 45 años, padre de una niña de tres, de una relación sentimental anterior. Según su testimonio, la madre de la menor le pidió ayuda para obtener un pasaporte para la hija en común, pues quería irse a México, pero antes de que partieran los trámites, su expareja lo llamó y le dijo que estaba “viajando acompañada de un grupo de personas y que se encontraba en Perú. Posteriormente, recibió una segunda llamada, en donde le contó que estaba en Colombia ‘al lado del río’, siendo aquella llamada la última que sostuvo con ella”.

Posteriormente, por medio de posteos en redes sociales, pudo ver un video donde aparecía su hija, en muy mal estado. En las imágenes se ve a su madre acostada y se escucha una voz en off que dice “la señora está muy mal”. Posteriormente, el padre supo que su expareja había fallecido y que alguien se apiadó de la menor, entregándola a las autoridades panameñas, desde donde fue repatriada a Chile.

La entrada a Chile

Por cierto, la entrada de los migrantes a Chile también era sumamente peligrosa, pues –tal como los jueces dejaron constancia en el fallo– esas personas eran engañadas y “sometidas a una caminata extenuante por el desierto (con dirección a la ciudad de Arica), y no solo se sintieron afectadas por el agotamiento físico, la deshidratación y las bajas temperaturas de la madrugada en el lugar (muchas de ellas cayeron al suelo o incluso se desmayaron), sino porque debieron atravesar una zona en donde la cercanía a bombas antipersonales y antitanques, exponiéndose de manera directa a la posibilidad cierta de perder sus vidas”.

Al respecto, la fiscal Suazo valoró el fallo, explicando que “la Fiscalía Metropolitana Centro Norte, a través de la Fiscalía de Delitos de Alta Complejidad, logró la condena de una organización criminal dedicada al tráfico ilícito de migrantes agravado en atención a que traficaron a menores de edad, niños, niñas y adolescentes y, además, por haber puesto en grave riesgo la vida de los migrantes”.

En el mismo sentido, destacó que “de esta forma, la Fiscalía obtuvo condena respecto de nueve imputados en juicio oral, sumando aquellas condenas más de 115 años de privación de libertad, en tanto fueron condenados tanto por el delito de asociación criminal como por delitos reiterados de tráfico ilícito de migrantes agravado. La forma de operar de esta organización criminal consistía justamente en la promoción o facilitación del ingreso ilegal de ciudadanos, especialmente venezolanos, pero también de otras nacionalidades, teniendo como giro además, esta organización criminal, la promoción y facilitación de la salida ilegal de menores de edad chilenos, hijos de padres haitianos, para llegar hasta Estados Unidos”.

Fuente: elmostrador.cl