La ANFP sufrió un nuevo golpe y en medio de su compleja situación económica deberá pagar una millonaria indemnización a Warner.
En un fallo histórico que marca el fin de una disputa legal de larga data, el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago resolvió esta semana el conflicto entre la empresa televisiva Warner, dueña de TNT Sports, y la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP).
El litigio se remonta a los años 2019 y 2020 cuando la actividad futbolística en Chile fue interrumpida por el estallido social y la pandemia del COVID-19.
Warner reclamó a la ANFP una compensación cercana a los 52 millones de dólares por la transmisión de partidos de Primera División y Primera B, argumentando que siempre cumplió con sus pagos al ente regulador del fútbol nacional. Pero la entidad argumentó que toda esta situación fue por “fuerza mayor”.
El árbitro Enrique Barros, designado para resolver el caso, dictaminó a favor de Warner, ordenando a la ANFP el pago de 33 mil millones de pesos chilenos, equivalentes a más de 36 millones de dólares, cuya cifra no es apelable, por ser una instancia de mediación. Solo queda dilucidar cómo será el pago.
Este fallo pone fin a meses de incertidumbre y tensión entre ambas partes, estableciendo un precedente importante en el ámbito de los derechos televisivos del fútbol chileno.
El conflicto también giró en torno a la controversia sobre la obligación de transmitir todos los partidos en vivo, un aspecto crucial debatido tanto por Warner como por la ANFP. Este tema fue central en los argumentos presentados durante el proceso arbitral.
Uno de los puntos que desencadenó este conflicto se remonta al Tribunal de Asuntos Patrimoniales, que el año pasado falló a favor de la cúpula directiva del fútbol chileno en una denuncia interpuesta por Unión San Felipe, Puerto Montt y San Luis. El tribunal determinó que no era exigible transmitir todos los partidos en vivo del fútbol nacional, a pesar de que esta cuestión formaba parte de los argumentos utilizados contra Warner para acusar incumplimiento contractual.
Fuente: eldinamo.cl